domingo, 11 de septiembre de 2011

Nivel de renta por habitante en relación a la media de la UE

Nos encontramos ante una gráfica lineal en la que se representa el nivel de renta por habitante en relación a la media de la UE. En el eje de coordenadas se encuentran los años desde la incorporación de España a la UE en 1986 hasta 2005 y el eje de ordenadas el nivel de renta. Existen dos variables España respecto a la UE de los 15 y respecto a la UE de los 25. La fuente de la que está extraída esta gráfica es de Eurostat. En ella se puede observar la tendencia creciente que la variable ha experimenta a lo largo de los años.
Hace ya más de veinte años que España ingresó en la Comunidad Europea, por lo que existe una perspectiva temporal suficiente para hacer un balance de las ventajas e inconvenientes de nuestra incorporación.  No obstante, la opinión general es que el balance final es claramente positivo en todos los planos.
Tras varias décadas de aislamiento internacional por la dictadura franquista, la incorporación de España a la Comunidad Europea supuso el retorno de nuestro país a una escena internacional, obteniendo, con ello, una mayor presencia en los foros internacionales e intensificando su política exterior. Por lo tanto, desde el punto de vista político la mera adhesión supuso efectos positivos.
Sin duda, la incorporación de España a la UE ha sido un factor clave para la modernización de nuestra economía, a pesar de las dificultades surgidas en primera instancia en algunos sectores, debido a la dura reconversión que tuvieron que acometer, la evolución fue muy positiva, con un crecimiento claramente superior a la media comunitaria. Sin embargo, no debe olvidarse que España ha sido el país que más fondos comunitarios ha recibido, lo que ha permitido desarrollar espectacularmente sus infraestructuras. A partir de 2010 nuestro país se convierte en contribuyente neto, es decir, que aporta más dinero del que recibe de la UE, por el efecto conjunto del progreso de nuestra economía y la incorporación de los dos últimos países con un nivel de renta muy bajo.
Esta adhesión a la Unión Europea ha supuesto para las empresas competir en un mercado más amplio, y con ello, poder crecer en tamaño e incrementar su dimensión internacional. Pero no todas han podido adaptarse a las nuevas condiciones y sobrevivir en un mercado más competitivo. En cualquier caso, nuestra economía se ha abierto gradualmente hacia el exterior. España ha incrementado de forma espectacular los intercambios comerciales con los demás países comunitarios y con el resto del mundo. Al mismo tiempo, ha recibido una cuantiosa inversión exterior.
Un hito decisivo para la economía española ha sido la entrada del euro, que permite disponer de una moneda fuerte y estable. Esta moneda facilita los desplazamientos exteriores y los intercambios comerciales. Sin embargo, el Banco Europeo tiene la política monetaria en sus manos y puede tomar decisiones que afecten a nuestro país.
Por otro lado la Unión Europea ha destinado fondos a la mejora de la formación de los trabajadores, ha apoyado la lucha contra la discriminación, ha facilitado el desplazamiento de miles de estudiantes con el programa Erasmus y ha financiado la participación de nuestros científicos en proyectos europeos de I+D.
En el plano medioambiental, la normativa comunitaria ha obligado a nuestro país a aumentar los mecanismos de control y reducción de los impactos ambientales, y ha favorecido la preservación de la naturaleza y la biodiversidad.
En síntesis, estos son solo algunos ejemplos de las consecuencias de la incorporación de España a la UE, que afectan a casi todos los sectores de nuestra actividad.

Mapa de las Islas Canarias (PAU)

Nos encontramos ante un mapa de las Islas Canarias. Canarias se divide en dos provincias: Las Palmas con 3 islas, Lanzarote, Fuerteventura y Gran Canaria y sus respectivas capitales Arrecife, Puerto del Rosario y Las Palmas de Gran Canaria y la provincia de Santa Cruz de Tenerife con 4 islas, Tenerife, La Gomera, La Palma y El Hierro con sus respectivas capitales, Santa Cruz de Tenerife, San Sebastián de la Gomera, Santa Cruz de la Palma y Valverde.
Canarias accedió a la autonomía por el estatuto 143 que entró en vigor en 1982 y se modificó en 1996 para ampliar las competencias y asumir otras hasta entonces compartidas con el Estado, adquiriendo la comunidad un elevado nivel de autogobierno. Este estatuto establece la capitalidad compartida que se alterna entre ambas capitales provinciales: Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria; recoge el funcionamiento de las instituciones; las competencias asumidas y organiza la administración territorial.
La organización institucional está integrada, en primer lugar por El Parlamento autonómico que representa al pueblo canario y está formado por diputados elegidos por sufragio universal cada 4 años, los diputados son 60, 30 para cada provincia y entre las islas: 15 por cada una de las islas de Gran Canaria y Tenerife, ocho por La Palma, ocho por Lanzarote, siete por Fuerteventura, cuatro por La Gomera y tres por El Hierro. Se encargan de elaborar las leyes de la comunidad, aprueban  el presupuesto autonómico, controlan al gobierno canario y nombran a su presidente. También, El Gobierno de canarias que está constituido por un Presidente y por los consejeros, el primero es la máxima representación de la comunidad y designa y coordina a los consejeros. Estos dirigen Consejerías encargadas de las distintas ramas de la administración de la autonomía. Por último, El Tribunal Superior de Justicia es la instancia judicial más alta de la comunidad autónoma.
Entre las competencias, mencionadas anteriormente, están las políticas (autogobierno); económicas (agua y aprovechamiento hidráulico, agricultura, ganadería…); urbanismo, ordenación del territorio, etc.
Por otro lado la administración territorial de Canarias se organiza entre las 7 islas, cada una de ellas cuenta con un Cabildo Insular y ayuntamientos:
El Cabildo Insular es un organismo encargado del gobierno, la administración y la representación de cada isla. Se compone de un Consejo  de Gobierno y un Pleno. El Consejo de Gobierno está integrado por el presidente, cuya función es dirigir el gobierno y la administración de la isla correspondiente. El Pleno, por su parte, está formado por consejeros elegidos por la ciudadanía española de cada isla entre los diversos partidos y su función es aprobar el presupuesto y los planes insulares.
Los ayuntamientos, además de sus competencias propias, pueden ejercer otras delegadas por la comunidad autónoma.
En cuanto a la ordenación del territorio, debe hacerse una mención especial a la existencia de fuertes contrastes entre las dos islas capitalinas y el resto, puesto que las primeras se encuentran más avanzadas en la actividad económica y los servicios y posee una mayor población. Además hay contrastes entre espacios dinámicos costeros basados en el turismo y espacios de regresión, de predominio rural (zonas del interior).
Para solucionar estos problemas, se adoptan medidas que se plasman en las Directrices de Ordenación del Territorio, las cuales se proponen una gestión integrada del espacio, coordinando los planes sectoriales y controlando el impacto medioambiental de las actividades económicas, de modo que el resultado se traduzca en una mejora de bienestar y de la calidad de vida.

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA (Aprobada por las Cortes el 31 de octubre de 1978)

Nos encontramos ante un texto de fuente primaria y naturaleza política, concretamente se trata una constitución, la Constitución española del 78, que fue aprobada por las Cortes el 31 de Octubre de 1978 y entra en vigor el 29 de diciembre del mismo año. Coincide con el tercer año de reinado de Juan Carlos I.

La promulgación de la Constitución implicó la culminación de la llamada Transición Española, que tuvo lugar como consecuencia de la muerte, el 20 de noviembre de 1975, del anterior Jefe del Estado, el General Francisco Franco, precipitando una serie de acontecimientos políticos e históricos que transformaron el anterior régimen franquista en un Estado Social y Democrático de Derecho, bajo la forma política de Monarquía Parlamentaria.

Entrando en el análisis del texto, se debería comentar lo que se expone en cada artículo. Así el primer artículo plantea  una España en la que se respeten los derechos y libertades del pueblo y en la que este tenga poder de decisión. Además se estable el pluripartidismo, es decir, la existencia de múltiples que partidos que tienen derecho a aspirar al gobierno. También se estable que el país posee una Monarquía Parlamentaria, en la que el rey ejerce la función de Jefe del Estado bajo el control del poder Legislativo (Parlamento) y del poder Ejecutivo (Gobierno).

En el segundo artículo, se establece la unidad del país, aunque se propone la nacionalidad de cada comunidad, siempre y cuando se respete el bien de la comunidad nacional. Asimismo el artículo 6 establece la política pluripartidista, en este sentido se establece que cada partido es libre siempre que cumpla con la ley y Constitución. Además su estructura interna debe ser democrática, pues deben ser elegidos por el pueblo, nunca podrán hacerlo a la fuerza.

El artículo 16 hace referencia a la Iglesia católica, donde se establece que todos los ciudadanos son libres de poseer cualquier ideología y no pueden ser obligados a declarar sus creencias ante nadie. Asimismo, el Estado seguirá manteniendo las relaciones con la Iglesia, puesto que la mayor parte del pueblo español es católico. Por otro lado, el artículo 137 establece que el territorio español se divide en Comunidades, municipios y provincias, los cuales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses.

Finalmente, el artículo 147 posee tres puntos; el primero propone que las Comunidades Autónomas tendrán un Estatuto que será para ellas un orden jurídico; estos Estatutos de autonomía deben contener la denominación de la Comunidad, su limitación geográfica, la denominación, organización y sede de las instituciones autónomas y las competencias asumidas; la reforma de los Estatutos requiere la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica.

UCD, tras ganar las elecciones, formó gobierno durante dos legislaturas 1977-1979, pero tuvo que contar con el apoyo o el beneplácito de otros partidos al no contar con la mayoría absoluta de escaños en el Parlamento. Para la elaboración del anteproyecto se formó una ponencia constitucional formada por siete diputados: Cisneros, Rodríguez de Miñón y Pérez Llorca (UCD); Peces-Barba (PSOE); Solé Tura (PCE-PSUC); Fraga (AP) y Roca (nacionalistas catalanes). Las principales negociaciones se resolvieron entre UCD y PSOE. El proyecto final fue aprobado en sesión simultánea de ambas cámaras (Congreso de los diputados y Senado) en octubre d 1978 por una abrumadora mayoría, aunque con la abstención del PNV. El 6 de diciembre se sometió la Carta Magna a referéndum con una aprobación mayoritaria, excepto en algunas provincias y en el País Vasco donde se obtuvo una importante abstención. Finalmente el 29 de diciembre se publicó en el BOE.


Una vez aprobada la Constitución se disolvieron las Cortes Generales y se celebraron en marzo d 1979 las segundas elecciones generales de la Transición y primeras constitucionales. En esa legislatura, la primera constitucional, se aprobaron leyes que desarrollaron los órganos del Estado y los principales derechos fundamentales y libertades públicas.

La constitución se aprobó en una etapa en la que la población española necesitaba un cambio y un reconocimiento de sus derechos y libertades, después de todos los años de opresión a los que habían sido sometidos durante el régimen franquista.

Lo cierto es que la Constitución de 1978 constituye un hecho único en la historia del constitucionalismo español, ya que por primera vez en nuestra historia puede hablarse de una norma fundamental aceptada por todos y elaborada prácticamente por todos, gracias a un espíritu de colaboración y consenso que refleja a la sociedad española y rige su convivencia. De este modo se aprobó una constitución que permitió a muchos partidos legalizarse y que favoreció una actitud de justicia frente a los años de opresión y sometimiento que vivieron todos los españoles durante el largo periodo que gobernó Franco.


EL MENSAJE DE LA CORONA

Nos encontramos ante un fragmento de texto, como se puede apreciar por los signos […], de naturaleza primaria y carácter político. En concreto se trata de un discurso pronunciado por Don Juan Carlos de Borbón y Borbón, el día 22 de noviembre de 1975, en el Congreso de los Diputados. En este momento es proclamado Rey de España con el nombre de Juan Carlos I, tras la muerte del generalísimo Francisco Franco.
Juan Carlos I es nieto de Alfonso XIII e hijo del matrimonio habido entre Juan de Borbón y Battenberg, conde de Barcelona, y de María de las Mercedes de Borbón-Dos Sicilias y Orleans, princesa de las Dos Sicilias. El futuro rey nació en Roma (Italia), durante el exilio de la Familia Real, ausente de España desde la proclamación de la Segunda República en 1931. En una entrevista celebrada el 25 de agosto de 1948 entre Franco y el conde de Barcelona, se acordó que el príncipe se trasladaría a España para cursar allí sus estudios. A los 10 años de edad Juan Carlos pisó por primera vez el suelo español.
En virtud de la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado del 26 de julio de 1947, Juan Carlos fue propuesto como sucesor de Franco a título de rey, propuesta ratificada por las Cortes Españolas en julio de 1969, ante las que el joven príncipe prestaría juramento de guardar y hacer guardar las Leyes Fundamentales del Reino y los principios del Movimiento Nacional, es decir, el ideario franquista. Siguiendo las reglas dinásticas, la sucesión hubiera debido recaer en su padre, Juan de Borbón y Battenberg, tercer hijo y heredero del rey Alfonso XIII. Sin embargo, las no muy cordiales relaciones entre Juan y Franco determinaron el salto en la línea de sucesión y el nombramiento de Juan Carlos como Príncipe de España, título de nuevo cuño con el que Franco pretendía salvar distancias con respecto a la monarquía liberal. Dicho salto fue aceptado por el príncipe Juan Carlos, creando un conflicto interno en la Casa Real de Borbón. El Conde de Barcelona no renunciaría oficialmente a sus derechos sucesorios hasta 1977, cuando el reinado de su hijo y el fin del régimen franquista eran ya hechos consumados.
Entrando ya en el análisis del discurso, al principio, el futuro rey proclama su responsabilidad ante el pueblo, asumiendo el ejercicio de poder. El Rey expresa su deseo de ser “moderador”, “guardián del sistema constitucional” y “promotor de la justicia”. Con ello está dejando ver que lo que él plantea es algo diferente; una actitud basada en el cambio, como se observa cuando considera también que Franco ha pasado a la Historia y, con él, su Régimen (“Hoy comienza una nueva etapa en la Historia de España”).
 La característica fundamental del discurso es que expresa su deseo de ser Rey por y para el pueblo, siendo siempre una figura latente en todos los acontecimientos importantes para los españoles ( “La Monarquía (…) procurará en todo momento mantener la más estrecha relación con el pueblo”).
Por otro lado, considera la unidad de España: “…Un efectivo consenso de concordia nacional”, pero, a su vez, distingue y aprecia a aquellas regiones que culturalmente no sean iguales al resto: “El Rey quiere serlo de todos a un tiempo y de cada uno en su cultura, en su historia y en su tradición.”
También incluye al Ejército Español y a la Iglesia en su discurso, figuras a las cuales apoya y se une como patriótico y católico, respectivamente. Además, promueve el reconocimiento de los derechos sociales y económicos y el ejercicio de las libertades que, como seres humanos, nos son necesarias.
Con su planteamiento, sea cual sea la ideología del oyente (o lector), éste se sentirá aludido y abrazado por el nuevo Rey. Con el apoyo de la población sí sería viable la Transición que estaba planeada, y que marcaría un antes y un después en la Historia de España.
Y, de esta manera, el Rey Don Juan Carlos I de Borbón expresaba su intención a la nación española. Había comenzado la búsqueda de las libertades y de la democracia; había comenzado la Transición, tan necesaria para España.
Ya en los años 1970, la previsible cercanía del final biológico del franquismo precipitó la coordinación de los numerosos aunque poco representativos grupos opositores, que empezaban a hablar de una transición a la democracia. Se formaron dos instituciones de diálogo: la Plataforma Democrática y la Junta Democrática, ambas de oposición al franquismo o aperturistas. Por otro lado estaban los continuistas, que eran los llamados búnker.
Tras la muerte de Franco y la proclamación de Juan Carlos como Rey de España este optó por mantener a Arias Navarro como Presidente del Gobierno, para tranquilizar en parte al sector más inmovilista del régimen (búnker); aunque también incluyó algunos ministros reformistas , entre ellos Fraga, Areilza, Osorio, Martín Villa o Suárez. Además, colocó al reformista Fernández Miranda como Presidente de las Cortes.
A finales de marzo, la oposición había llegado a un acuerdo de unidad: la Junta Democrática y la Plataforma de Convergencia Democrática aceptaron disolverse y constituir la Coordinación Democrática , conocida como la “Platajunta”. El manifiesto inicial insistía en la ruptura democrática como fórmula de cambio. El Presidente Arias fue convocado por el Rey para pedirle su dimisión, a la que no opuso resistencia. El Monarca encargó formar gobierno a un ex ministro del gabinete de Arias, Adolfo Suárez. Con el nombramiento de Adolfo Suárez como presidente del Gobierno, las expectativas de la oposición no mejoraron mucho, y también se negó a apoyar la Ley de Reforma Política que se sometió a referéndum a finales de 1976. El gobierno, apoyado por el rey y sectores sociales de imposible cuantificación, preconizaba la reforma. La oposición, repleta de siglas y con apoyos igualmente inciertos, la ruptura.
Finalmente, el 16 de noviembre, las Cortes aprueban la Ley para la Reforma Política, y el 15 de diciembre, dicha Ley es aprobada en referéndum. Esta Ley fijaba las bases de la convocatoria de unas elecciones generales pluripartidistas, o sea, plenamente democráticas.
Para concluir, Juan Carlos I supo contentar a la mayoría de los españoles y a los partidarios del franquismo, pues su discurso versó sobre la figura del generalísimo y también, estableció el cambio que posteriormente se llevó a cabo. Aún así, existieron y siguen existiendo muchos que cuestionan la actitud del Rey, pues no continuó con el régimen instaurado por Franco sino que optó por una apertura hacia la democracia. Sin embargo, este cambio es admirado por la mayoría de los españoles, pues se pasó de una opresión a un país libre y democrático.

MANIFIESTO DE LA JUNTA DEMOCRÁTICA

Nos encontramos ante un texto de fuente primaria y naturaleza política redactado el 29 de julio de 1974, a un año de la muerte del General, que posee un destino general a toda la población española. Además, es un documento cuya autoría le corresponde a la Junta Democrática, es decir, a las fuerzas políticas, que desde el exterior y la oposición al régimen de Franco ya muestran un claro sentido de unidad y de criterios al ver cercano el final del Régimen que durante casi cuarenta años gobernó España.

Cabe destacar que La Junta Democrática de España fue un organismo de la oposición al franquismo, que se dio a conocer el año de la publicación de este documento, nacida en París e impulsada por el Partido Comunista de España (PCE), liderado por Santiago Carrillo. En ella estuvieron integrados el Partido Comunista de España (PCE), el Partido del Trabajo de España (PTE),el Partido Carlista, Comisiones Obreras (CCOO) y el Partido Socialista Popular (PSP) de Enrique Tierno Galván.

El texto presenta doce puntos que tienen una gran importancia, pues todos ellos pretenden establecer un cambio en España. En general se podría decir que defendían la proclamación de un gobierno provisional que hiciera reestructurar al estado y organizar un régimen democrático y también, pretendían la integración en la Comunidad Económica Europea, la neutralidad del ejército en cuestiones bélicas y el reconocimiento de los nacionalismos.

Cada uno de los puntos que integran este manifiesto de la Junta Democrática incide en varios aspectos que podemos resumir en lo siguiente:

Derechos políticos como la devolución de la soberanía a la sociedad española, amnistía para los presos políticos, conformación de un marco político plural con la legalización de todos los partidos. Derechos y libertad sindical para los trabajadores, libertad de prensa, separación e independencia del poder judicial. También es importante el llamamiento o reconocimiento de la pluralidad regional de España, donde dentro de la indisolubilidad de la nación es necesario reconocer la existencia de una realidad regional plural.

También hace referencia el texto a la profesionalidad de las Fuerzas Armadas, a la libertad religiosa proponiendo la separación entre Iglesia y Estado. Destaca, de la misma manera la propuesta de celebración de elecciones libres con todas las garantías democráticas y apuesta este manifiesto por una política clara de alineamiento e integración de España dentro de las estructuras políticas, económicas y sociales de la Europa Occidental.

La situación política de España en ese momento era de crisis debido a la próxima llegada de la muerte del dictador y al golpe que le supuso al régimen el asesinato del presidente Carrero Blanco en 1973 a manos de ETA. El terrorismo fue en aumento y la situación económica del país también empeoró como consecuencia de la crisis del petróleo de 1973.

Con relación a la oposición, el PCE era la organización más fuerte. Poco a poco, tras la primavera de Praga (1968) se fue alejando de la línea de ortodoxia de la URSS y se acercó al eurocomunismo. Promovió la reconciliación entre los españoles y la superación d la división nacional de la Guerra Civil y el franquismo. El líder del PCE era Santiago Carrillo, quien fue un gran impulsor de la creación de la Junta Democrática.

El PSOE (entonces un partido débil) optó posteriormente por una plataforma propia, la Plataforma de Convergencia Democrática. Un punto común entre PCE y PSOE era el rechazo a un planteamiento de transición a la democracia basado en la reforma del franquismo como defendían los reformistas del régimen. Un régimen cada vez más dividido interiormente entre aperturistas e inmovilistas. La oposición abogaba por la ruptura o por una revolución para la superación del franquismo.

En noviembre de 1975 murió Franco. Tanto él como sus partidarios estaban convencidos de que todo quedaba “atado y bien atado”, y de que el nuevo rey, Juan Carlos I, continuaría aferrado a las líneas políticas del 18 de julio. Los años venideros demostrarían que la dictadura franquista era inviable más allá de la muerte de su fundador.

Asimismo, cuando fue proclamado rey Juan Carlos I y en un periodo de tiempo relativamente corto, el pueblo español fue capaz de realizar el cambio desde la dictadura a una constitución democrática plena, en un proceso que se ha denominado la transición política, y que se considera modélico por la manera pactada y no violenta en que se llevó a efecto.

Sin embargo, la coyuntura internacional en que se desarrolló el proceso de transición no fue precisamente favorable a la estabilidad del mismo: las consecuencias dramáticas de la crisis del petróleo se reflejan en España en las altas tasas de inflación y de paro. Por otra parte, en medio de tensiones internacionales entre los dos bloques, las potencias occidentales veían con recelo y escepticismo la posibilidad de un cambio pacífico en España.

ARTÍCULO 6º DE LA LEY ORGÁNICA DEL ESTADO (BOE DE 10 de enero de 1967)

Nos encontramos ante un texto de naturaleza política, que hace referencia al artículo sexto de la Ley Orgánica del Estado, concretamente publicado en el Boletín Oficial del Estado, el 10 de enero de 1967, segunda etapa del régimen franquista. El documento tiene un destino general a la ciudadanía española y viene a conformar el final de la institucionalización del Régimen Franquista, nacido de la Guerra Civil. Asimismo, hay que señalar que el texto se incluye en una compilación de otros textos y documentos referidos a la dictadura de Franco y escrito por José Manuel Sabín Rodríguez.

El régimen franquista fue una dictadura militar conservadora, que se implantó a principios de la Guerra Civil (julio de 1936) y terminó con la muerte de su dictador (noviembre de 1975). Durante este periodo España fue avanzando con peso de plomo, ya que tras la Guerra Civil y con la dictadura fue muy lento el crecimiento del país. Además se caracteriza por el dominio del General Franco y una gran represión.

Una Ley Orgánica es aquella que se requiere constitucionalmente para regular ciertas materias y que se opone o distingue de la ley ordinaria a nivel de competencias. Habitualmente para la aprobación de leyes orgánicas son necesarios requisitos extraordinarios como por ejemplo, mayoría absoluta o cualificada

Ya dentro del análisis, cabria mencionar, que en el documento se establece de manera clara los poderes que debe ejercer el Jefe del Estado español. Para analizar más en profundidad estos poderes deberíamos clasificarlos en dos grupos (Poderes del Estado y poderes del partido). En primer lugar los poderes del Estado son, en primer lugar, representante supremo de la nación y personificación de la soberanía nacional: La Nación según la LOE, es algo distinto al conjunto de españoles: la Nación se interpreta como un “sujeto histórico” que se ha forjado en torno a determinados valores, principalmente el religioso. Y por otro lado, el ejercicio del poder supremo político y administrativo: no hay división de poderes, sino unidad de poderes. El Jefe de Estado, en este caso Franco, es máxima autoridad de los tres poderes del Estado: ejecutivo, judicial y legislativo, además, el poder administrativo es una prolongación del poder ejecutivo.
Por último los poderes del único partido presentes en el texto son la ostentación de la Jefatura Nacional, es decir, la máxima dirección que tiene el carácter de vitalicia en Franco y también, la observancia de los principios del partido, así el dictador es el máximo intérprete de los fundamentos del Movimiento Nacional.

Podemos decir, que este artículo, a pesar de enmarcarse dentro de una ley que pretende unificar el resto de leyes anteriores viene a mantener como se puede ver tras su lectura, los principios básicos del sistema autoritario.

El proyecto de ley fue presentado por el General Franco en las Cortes Españolas el 12 de noviembre de 1966. Dos días más tarde fue ratificado en referéndum. Tras su ratificación fue promulgada por el propio Franco como Jefe de Estado en enero de 1967. Así esta Ley Orgánica del Estado se aprueba fundamentalmente para asegurar la subsistencia del franquismo tras la muerte de Franco.

Tres años más tarde, 1969, se produjo el nombramiento del príncipe Juan Carlos como sucesor de Franco “a título de Rey”. Para los dirigentes franquistas, la continuidad del régimen parecía asegurada, pues ese mismo año el almirante Carrero Blanco, quien desde dos años antes era vicepresidente del gobierno, pasó a ser presidente de hecho. Fue la etapa en la que se afirmó que “todo está atado y bien atado”, queriendo significar que aunque Franco muriese todo seguiría igual, en la ya larga lucha entre aperturistas e inmovilistas se impusieron estos últimos, a quienes se les denominó “el bunker”.

Cabe destacar que los años sesenta son una década extraordinaria para la sociedad española, que dio el salto fundamental hasta convertirse en una sociedad industrial. Pero esta afirmación no equivale en modo alguno a identificar el progreso experimentado con la naturaleza del régimen. La transformación de la sociedad española en los años sesenta obedece a la confluencia de múltiples factores históricos, internos y, sobre todo, externos, de los que hay que destacar el influjo determinante de la ola de prosperidad que, en esa década, afectó a todo el Occidente industrial desarrollado y que España aprovechó.


En noviembre de 1975 murió Franco. Tanto él como sus partidarios estaban convencidos de que todo quedaba “atado y bien atado”, y de que el nuevo rey, Juan Carlos I, continuaría aferrado a las líneas políticas del régimen. Sin embargo, los años venideros demostrarían que la dictadura franquista era inviable más allá de la muerte de su fundador.

LA RESOLUCIÓN DE LA ONU SOBRE RELACIONES CON ESPAÑA

Nos encontramos ante un documento de naturaleza primaria y carácter político que condena al régimen de Franco. La autoría del mismo corresponde a la Organización de Naciones Unidas, institución supranacional creada al finalizar la II Guerra Mundial con el objeto de articular la paz y las relaciones internacionales. Además, el mismo, se realiza el 12 de diciembre de 1946.

Cabe destacar que la presente resolución tiene un destino general, emitida para todos los países miembros de las Naciones Unidas y un destino particular, el régimen del General Franco.

La ONU se define como una asociación de gobierno global que facilita la cooperación en asuntos como el Derecho internacional, la paz y seguridad internacional, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos. Esta organización fue fundada el 24 de octubre de 1945 en San Francisco (California), por 51 países, al finalizar la Segunda Guerra Mundial, con la firma de la Carta de las Naciones Unidas. Desde su sede en Nueva York, los Estados miembros de las Naciones Unidas y otros organismos vinculados proporcionan consejo y deciden acerca de temas significativos y administrativos en reuniones periódicas celebradas durante el año.

Entrando en el análisis del texto, en el primer párrafo la ONU cataloga al régimen de Franco de fascista, pues ha recibido ayuda de Alemania e Italia, es decir, de las posturas nazis y fascista respectivamente, para su implantación por la fuerza al pueblo español. Se centra más en estas dos potencias, ya que en la lucha de este organismo internacional para combatir el régimen imperante en esos países, Franco les presta ayuda.

A partir de la exposición de la ONU sobre el régimen franquista, se establece un rechazo al régimen por parte de la Asamblea General, no pudiendo participar en la organización, ni en ninguna de sus actividades, por lo menos hasta que no termine la dictadura.

Por último, la Asamblea General propone un plazo y si en tal plazo no se cambia la situación de España, se aprobará la intervención de los país miembros de la ONU para aplacar la situación tan decadente que ha establecido el régimen del general Franco. Y también establece que todos los países miembros del organismo retiren a sus embajadores y ministros acreditados en Madrid.

En definitiva este documento expone claramente el rechazo de la ONU al régimen instaurado por Franco al finalizar la Guerra Civil, obedeciendo a un carácter fascista y debido también a la amistad con la Alemania nazi y la Italia fascista.

El contexto en el que hay que encuadrar el texto es durante la dictadura del generalísimo Francisco Franco, instaurada a partir 1939 que duraría hasta 1975, año de su muerte. Internacionalmente se produjo la II Guerra Mundial en la cual España se mantuvo neutral pues se hallaba en una crisis generalizada ya que recientemente había salido de la Guerra Civil española. A pesar de ello, la colaboración con las potencias fascistas fue constante.

Tras la II Guerra Mundial se formó la Organización de Naciones Unidas (ONU) y en 1946 se redactó este documento por dicha organización. Según este España no podía participar en la ONU debido al régimen franquista y a su apoyo a la Alemania nazi.

Las consecuencias de este documento fueron importantes para el régimen de Franco. A partir de la publicación del mismo, España fue sometida a un aislamiento internacional, a una condena unánime por parte de los miembros de Naciones Unidas, lo que incidió de forma muy importante en el interior del país, tanto desde el punto de vista político, como económico y social.

Hacia 1950 el nuevo entorno internacional parecía más favorable para España, el inicio de la Guerra Fría contribuyó a suavizar el rechazo de las democracias occidentales y  la ONU reconoció de hecho al gobierno de Franco. Por su parte, EE.UU. comenzó a modificar su actitud valorando positivamente el inequívoco anticomunismo del régimen español e iniciando los primeros acercamientos diplomáticos y financieros.