domingo, 11 de septiembre de 2011

Superficie de Espacios protegidos por Comunidad Autónoma

Nos encontramos ante una gráfica de barras donde se nos muestra el porcentaje de superficie protegida en las comunidades  autónomas, así como su evolución en el periodo comprendido entre 1990 y 2005. La fuente de la información es el MARM( Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino).
Resulta especialmente relevante los datos por comunidades autónomas, pues éstas desempeñan un papel  muy importante en la creación y gestión de espacios naturales protegidos en España. A través de la información que nos proporciona la tabla hemos de reseñar que casi en la práctica totalidad de las CCAA ha aumentado, en la mayoría de los casos de forma significativa, la superficie natural protegida en el periodo analizado.
Asimismo, la implicación de cada autonomía en la protección de sus espacios ha sido muy desigual. De este modo, siete de ellas protegen más del 10% de su territorio ( Canarias, Asturias, Andalucía, Comunidad de Madrid, Galicia, País Vasco y Cantabria), cumpliendo así las recomendaciones internacionales, e incluso alguna, como por ejemplo Canarias, tiene más del 40% de la superficie incluida en alguna categoría de protección. En contrapartida, en otras autonomías la situación está estancada, y las cifras se encuentran muy por debajo de las deseables, como puede ser el caso de las Islas Baleares y Aragón. Sin embargo también es necesario poner en consideración que no todas disponen de la misma proporción de espacios con valores naturales susceptibles de acogerse a las diferentes figuras de protección recogidas en la legislación.
La valoración que tenemos de la naturaleza como un bien o riqueza cultural, patrimonio ecológico que hay que conservar, ha llevado al desarrollo de medidas o políticas de conservación y protección de los espacios naturales y de las especies silvestres. Así pues, dichas estrategias de conservación han seguido una evolución diferente en cada comunidad autónoma, hecho que se refleja claramente en la superficie protegida con respecto al total, de esta manera, Canarias, Asturias y Andalucía encabezan el listado, mientras que los incrementos relativos más significativos se han producido durante la última década en La Rioja, Castilla y León, Extremadura, Asturias, Aragón y Navarra.
En la actualidad la ley del Patrimonio Natural y la Biodiversi­dad de 2007 regula y establece las normas de conservación, uso sostenible, mejora y restauración de nuestros ecosistemas naturales. En la ley se establece que tendrán la consideración de espacios naturales protegidos todos aque­llos espacios, incluidas las aguas continentales y marítimas (como es el caso canario que ha aprobado la ampliación de las aguas canarias). Así pues, buena parte de los calificados espacios naturales protegidos corresponden a ecosistemas forestales, bosques y pastizales. Otros ocupan la línea de cos­ta, tan ferozmente explotada a favor de la actividad turística.
Según los bienes y valores a proteger, se diferencian cinco categorías de espacios naturales protegidos: Parques, Reservas Naturales, Áreas Marinas Protegidas, Monumentos Naturales y Paisajes Protegidos. Sin embargo, las CCAA, al tener transferidas las competencias en materia de protección del territorio, respetando la norma estatal, han introducido otras figuras como Parque Rural (Parque Rural del Nublo), Parque Regional, etc.
Los Parques son áreas naturales poco transformadas por la ocupación o actividad humana, que, en función de la belleza de sus paisajes, la representación de sus ecosistemas o la singularidad de su fauna, flora o formaciones geológicas ofrecen unos valores que hay que conservar. A su vez, dentro de esta categoría se distinguen los Parques Nacionales y los Parques Naturales.
Los Parques Nacionales son espacios naturales de alto valor ecológi­co y cultural, cuya conservación es de interés general para la nación. Su gestión corresponde conjuntamente a la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.(Teide, Timanfaya, Garajonay, Taburiente, Picos de Europa, Ordesa, Doñana, etc)
Por otro lado encontramos los Parques Naturales que suelen ser de dimensiones más reducidas que los Parques Nacionales y guardan una mayor relación con el mundo rural, ya que se mantiene una explotación de los recursos primarios, culturales y de ocio. La gestión de los mismos corresponde exclusiva­mente a las Comunidades Autónomas en las que se ubiquen. (Parque Natural de Tamadaba o Parque Natural de Pilancones).
Las Áreas Marinas Protegidas, por su parte, son espacios naturales del medio marino que por la rareza, fragilidad, importancia o singularidad de sus ecosis­temas, comunidad biológica o geológica, hay que proteger. En ellos se limita la explotación de los recursos naturales.
 En lo que respecta a las Reservas Naturales son espacios naturales valorados por la rareza, fragilidad, singularidad o importancia de sus ecosistemas o comunidades biológicas. La explotación de recursos queda limitada a aquellas activida­des que sean compatibles con la conservación de los valores a proteger.(Inagua, Dunas de Maspalomas, Tilos de Moya,…).
Los Monumentos Naturales son espacios o elementos de la naturaleza que contienen formaciones singulares que merecen una especial protección.(cuevas, cascadas, montañas, árboles, etc.). Ejemplos en Canarias: M.N. Roque Aguayro, M.N. Montaña de Arinaga, Bco, El Draguillo,…)
Por último, los Paisajes Protegidos son lugares concretos con un alto valor estético y cultural. Deben compatibilizar el aprovechamiento con la conservación del medio( P.P. La Isleta, Montaña de Agüimes).
A estas cinco figuras se incorporan los espacios protegidos Red Natura 2000, que es una red ecológica europea que intenta asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los hábitats más amenazados de Europa por el impacto adverso de las actividades humanas. Deben ser aprobados en el marco de la Unión Europea y destacan figuras como LIC (Lugares de Importancia Comunitaria), las ZEC (Zonas Especiales de Conservación).
La ley incluye también otras figuras de protección de espacios, áreas protegi­das por instrumentos internacionales, entre las que se encuentran las Zonas Especialmente Protegidas de importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), los Humedales de importancia Internacional del Convenio de Ramsar, los Geoparques y las Reservas de la Biosfera -ambos declarados por la UNESCO-. Especialmente importante es esta última, pues es la red internacional de espacios protegidos más grande del mundo. Está constituida por ecosistemas terrestres, costeros o marinos, en los que se armoniza la preservación de entornos naturales únicos con la obtención de rendimientos económicos dentro del principio de desarrollo sostenible.

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